En las operaciones entre empresas se fijan los precios de forma que se ajusten al mercado y obtengan un beneficio, pero cuando existe una vinculación entre las empresas, podrían modificar los precios de transferencia para adaptarlos a sus necesidades.

Como consecuencia de lo anterior, cuando existe una transacción entre personas o entidades vinculadas, se debe respetar la normativa en cuanto a los precios de transferencia.

¿Qué son los precios de transferencia?

Los precios de transferencia o transfer pricing se definen en la Ley del Impuesto sobre Sociedades que establece que las operaciones entre personas o entidades vinculadas se valorarán por su precio de mercado, es decir, por el precio que acordarían personas o entidades independientes en el marco de la libre competencia.

¿Quiénes son las personas o entidades vinculadas?

Las personas o entidades a las que afecta la regulación sobre los precios de transferencia son aquellas entre las que existe una vinculación que puede ser familiar o mercantil, por ejemplo, una persona es administradora de dos sociedades que pertenecen al mismo grupo y realizan una transacción; o una persona es socia de una sociedad que realiza una transacción con otra sociedad en la que es socio su cónyuge.

¿Cómo se valoran las operaciones entre entidades vinculadas?

Existen varios criterios para la valoración de los precios de transferencia en las operaciones entre entidades vinculadas, que son los siguientes:

  • Precio comparable no controlado. En este caso se compara el precio entre las partes vinculadas con el precio de transacciones parecidas y no controladas.
  • Precio de reventa. Se analiza el margen que tendría un vendedor en la reventa de un producto parecido al que se vende en la operación entre partes vinculadas.
  • Coste incrementado. En este caso se comparan transacciones vinculadas según los márgenes brutos que se hayan obtenido y se añade un margen.

¿Por qué controla Hacienda los precios de transferencia?

Los precios de transferencia de las operaciones vinculadas, anteriormente, se declaraban en el Impuesto sobre Sociedades, pero desde hace unos años se hace mediante el modelo 232 o declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios que son paraísos fiscales.

Lo que pretende Hacienda, con la declaración sobre los precios de transferencia, es evitar el fraude fiscal en los casos, por ejemplo, en que un grupo de empresas realice una transacción y declare un precio más bajo para reducir los impuestos a pagar, o que una de las partes tenga su domicilio en un paraíso fiscal, de forma que se reduzcan los impuestos.

En el caso en que Hacienda detecte que los precios de transferencia no son los de mercado, podrá hacer correcciones que pueden afectar al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y al Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR).

Básicamente, se trata de evitar que en las operaciones entre partes vinculadas no se defraude a Hacienda para pagar menos impuestos.

Si realizas operaciones con personas o entidades entre las que exista una vinculación familiar o mercantil, es aconsejable que consultes con uno de nuestros expertos fiscalistas para que te asesore sobre si tienes que presentar el Modelo 232.