Desde el momento en que España se integró en la Unión Europea se abrió la puerta para nuevos negocios de extranjeros en España. Muchos europeos decidieron fundar su empresa en nuestro país y esa situación supuso la necesidad de una regulación única para la tributación de no residentes. De esta forma surgió la Ley del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR).
¿Qué es el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes y dónde se aplica?
El IRNR es un impuesto directo que grava la renta que hayan obtenido en España las personas físicas y entidades (sociedades) que no residan en nuestro territorio.
El impuesto se aplica en todo el territorio español, aunque deberán considerarse los regímenes tributarios forales, los convenios internacionales y las especialidades de Canarias, Ceuta y Melilla, entre otros aspectos.
¿Quiénes están obligados a hacer la declaración de la renta de no residentes?
Estarán obligadas por el IRNR las siguientes personas o entidades:
- Personas físicas o entidades que no sean residentes en España y que obtengan rentas en nuestro país, salvo que tributen por el IRPF.
- Las personas físicas extranjeras que estén en España como miembros de misiones diplomáticas u oficinas consulares.
- La entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero y que estén presentes en nuestro territorio.
¿Cómo se determina si una persona es residente o no en España?
Para saber si una persona es residente o no en España a efectos de la tributación por el IRNR se aplican las normas del IRPF en sentido negativo, es decir, según la Ley del IRPF, una persona física es residente en España:
- Cuando permanezca en España más de 183 días durante un año natural.
- Cuando tenga una base de actividades o intereses económicos esté en España.
- Cuando el cónyuge e hijos menores vivan en España.
En el caso de las personas jurídicas los criterios se establecen en la Ley del Impuesto sobre Sociedades, de forma que se entenderá que son residentes en España cuando:
- Se hayan constituido según la ley española.
- Su domicilio se encuentre en España.
- Su sede de dirección esté en España.
Puede darse también el caso de entidades en régimen de atribución de rentas que se hayan constituido en el extranjero y que desarrollen sus actividades en España. En este caso, deberán también hacer la declaración de la renta de no residentes.
¿Cómo se declara el IRNR?
El IRNR se presenta mediante el Modelo 210 (Impuesto sobre la Renta de No Residentes sin establecimiento permanente). Los plazos de presentación son los siguientes:
- Rentas que deriven de la transmisión de bienes inmuebles (venta de un piso, por ejemplo): 3 meses desde que transcurra 1 mes de la transmisión.
- Rentas imputadas de bienes inmuebles urbanos: año natural tras el devengo (31 de diciembre de cada año).
- Resto de rentas:
- Si el resultado es a ingresar: 20 primeros días de abril, julio, octubre y enero.
- Si el resultado es de cuota cero: 1 a 20 de enero del año siguiente al devengo.
- Si el resultado es a devolver: a partir del 1 de febrero del año siguiente al de devengo.
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