¿Has pensado en realizar una reestructuración en tu empresa? Si tu respuesta es afirmativa, debes conocer el régimen especial de fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores. Te contamos todos los detalles en este artículo.

¿Dónde se regula y por qué se aplica el régimen especial?

El régimen especial de fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores se regula en los artículos 76 y siguientes de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

Con este régimen se quiere conseguir que cuando una empresa realiza una reestructuración, la fiscalidad de la operación no influya en la decisión de la empresa, sino que dicha decisión se tome en base a motivos económicos.

En definitiva, el régimen especial supone un diferimiento de la tributación de las rentas que se ponen de manifiesto con la operación.

¿Qué requisitos se deben cumplir para aplicar el régimen especial?

El régimen especial se aplica en todo caso, salvo que el contribuyente elija expresamente no acogerse al mismo, sin embargo, para que se pueda aplicar, se deben cumplir una serie de requisitos que son los siguientes:

  • La operación de reestructuración debe encajar en alguna de las definiciones que establece la ley. En este sentido, se regulan los siguientes conceptos:
    • Fusión. Es una operación en la que una o varias entidades transmiten en bloque a una tercera ya existente o nueva su patrimonio.
    • Escisión. Una entidad divide en dos o más partes su patrimonio y lo transmite a dos o más entidades ya existentes o nuevas. También puede ser que una entidad segregue una o varias partes de su patrimonio que formen ramas de actividad y las transmita a una o varias entidades de nueva creación o ya existentes.
    • Aportación no dineraria de rama de actividad. Es la operación por la que una entidad aporta a otra de nueva creación o existente una o más ramas de actividad, recibiendo a cambio valores del capital social de la entidad adquirente.
    • Canje de valores. Es la operación por la que una entidad adquiere una participación en el capital social de otra que le permite tener la mayoría de los derechos de voto en ella o disponer de una mayor participación.
  • La operación se debe comunicar a la Agencia Tributaria.
  • La operación no puede suponer un fraude o evasión fiscal.

Es fundamental cumplir con todos los requisitos que establece la ley para conseguir el diferimiento de la tributación. En este sentido, la Agencia Tributaria analiza detenidamente cada caso para cotejar que se cumplen todos los requisitos, por lo que es importante contar con la ayuda de un asesor fiscal experto que:

  • Analice tu caso.
  • Compruebe si se puede encuadrar con los requisitos legales.
  • Realiza la comunicación a la Agencia Tributaria.
  • Te asesore y de soporte ante cualquier comprobación que quiera realizar la Agencia Tributaria.

En definitiva, es importante analizar cada situación y ver las implicaciones que puede haber.

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