Todo trabajador autónomo está sujeto a una serie de obligaciones con el Estado. Estas incluyen la entrega del IVA recaudado o el alta tanto en la Seguridad Social como en Hacienda. Los trámites que se deben realizar son esenciales para mantener una actividad legal y regularizada. ¿Qué obligaciones son las más importantes?

Obligaciones fiscales y laborales

El trabajo por cuenta propia está sujeto a una serie de normativas de obligado cumplimiento. Estas permiten realizar cualquier labor en unas condiciones adecuadas, así como protegen al trabajador. Además, su cumplimiento evita la imposición de multas u otras sanciones. Algunas de las más importantes son las siguientes.

Alta en Hacienda y Seguridad Social

Ambas son esenciales para empezar a trabajar. El alta en la Seguridad Social debe realizarse 60 días antes de empezar la actividad. Así, el profesional se registrará en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). Asimismo, hará lo propio en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de Hacienda, siguiendo el periodo de tiempo antes mencionado.

Recaudación del IVA

Los servicios y productos comercializados por la mayoría de autónomos están sujetos al IVA. La cuantía varía en función de la actividad realizada e incluso puede estar exenta. El pago del impuesto se devenga y debe entregarse de forma trimestral (modelo 303 en abril, julio, octubre y enero), además de un resumen anual (modelo 390).

Junto a esto, el trabajador tendrá que conservar los justificantes de los índices o módulos aplicados, en caso de tributar en el régimen simplificado del IVA. En caso contrario, es necesario llevar un libro registro de facturas emitidas, uno de registro de facturas recibidas, otro para el registro de bienes de inversión y uno de registro de determinadas operaciones intracomunitarias, en función de cada caso.

IRPF

El cálculo de este impuesto debe decidirse a la hora de darse de alta en Hacienda. Hay dos modalidades: estimación directa e indirecta. La primera implica tributar trimestralmente por los ingresos obtenidos por la actividad tras descontar gastos deducibles (modelo 130). En la segunda, según la actividad, se aplican una serie de índices o módulos y el pago también es trimestral (modelo 131).

¿Es necesario registrarse en el RETA si se cobra menos del salario mínimo interprofesional?

Esta es una cuestión muy discutida, ya que no está del todo clarificada en las diversas leyes y decretos que rigen esta forma de trabajo. El criterio que se ha seguido hasta finales de 2021 se rige por el ejercicio habitual de los ingresos. Si los estos superan SMI en un año natural, es obligatorio registrarse en la RETA, lo que llevará al pago la cotización mensual a la Seguridad Social.

Sin embargo, a principios de 2023 se aplicará una reforma al sistema que hará que los autónomos coticen en función de sus ingresos. Esto lleva a la creación de 13 tramos, por lo que el criterio actual podría cambiar.

En definitiva, estas son las obligaciones más importantes del autónomo. Debemos responder ante ellas para poder trabajar de acuerdo con las leyes vigentes. Además, es esencial darse de alta en el RETA para poder optar a la pensión por jubilación.

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