Principales novedades fiscales incluidas en el Proyecto de Ley de los Presupuestos Generales del Estado 2021

El Proyecto de Ley, aprobado el pasado 27 de octubre, propone introducir bastantes novedades en materia tributaria. En el este artículo os explicamos las novedades más destacables.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

  • Respecto a la tributación de la base imponible general, se incrementan los tipos impositivos aplicables a las rentas superiores a 60.000 euros.
  • Respecto a la tributación de la base imponible del ahorro, se introduce un nuevo tramo en la escala para rendimientos superiores a 200.000 euros, que estarán gravados por un tipo del 26%.
  • Se modifican los límites establecidos para la reducción por aportaciones a los planes de pensiones. En concreto, se minora el importe de las reducciones procedentes por aportaciones del propio participe de 8.000 a 2.000 euros. Por otro lado, se amplía el límite conjunto de reducción (aportaciones del participe y de la empresa) de 8.000 a 10.000 euros. Recomendación: Si dispone de un plan de pensiones y regularmente viene realizando aportaciones beneficiándose de la reducción sin alcanzar el límite máximo, plantéese, antes de que termine el año, realizar aportaciones al plan de pensiones hasta el límite máximo (8.000 euros) ya que el año siguiente el límite máximo de reducción será bastante inferior (2.000 euros).
  • En relación con el régimen especial aplicable a impatriados (comúnmente conocido como Ley Beckham), se incrementa el tipo aplicable por los rendimientos de trabajo superiores a los 600.000 euros, que pasan de estar sometidos al tipo del 45% al del 47%.

Impuesto sobre Sociedades (IS)

  • Se limita la exención sobre dividendos y ganancias de capital por transmisiones de participaciones (procedentes tanto de entidades residentes cuanto no residentes) al 95% de la renta por este concepto sobre la que, hasta el momento, se permitía una exención del 100%.No obstante, lo la limitación anterior no será de aplicación durante los próximos 3 años en determinados supuestos. (P.e., que no sea una sociedad patrimonial y no tenga una facturación superior a 40 millones de euros)
    Recomendación: Si tiene pensado realizar una operación de reparto de dividendos o de transmisión de acciones/participaciones en la que con probabilidad seria de aplicación las limitaciones a la exención en el IS, sería interesante avanzar la operación y realizarla antes de que finalice el ejercicio 2020, evitando perder la exención plena de la renta generada en el IS ya que, de realizarse la operación en el 2021, parte de la renta generada sí estaría sujeta a tributación.

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

  • Se incrementa el tipo aplicable a las bebidas azucaradas, que pasa del 10% al 21%. No obstante, se mantiene el tipo del 10% cuando las bebidas se consuman en establecimientos de restauración y hostelería.

Impuesto sobre el Patrimonio (IP)

  • Se incrementa el tipo aplicable a los contribuyentes cuya base liquidable sea superior a los 10 millones, que pasan de estar sometidos al tipo del 2,5% al del 3,5%.

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