En un nuevo intento de acercar la asesoría contable a todos, hoy te hablamos de cuentas anuales y pymes. Nos parece un tema interesante para todos aquello que tengan un pequeño negocio o empresa.

Vamos a contarte los cambios que han tenido lugar durante el año pasado y que pasa a ser vigentes en el 2017 para que puedas aplicarlos si le conviene a tu empresa.

Aunque entran en vigor este año, es importante conocer que se pueden aplicar los cambios de un modo retroactivo al 2016.

Cuentas Anuales

Ya te hablamos hace un tiempo de las cuentas anuales. Sin embargo, hoy vamos a hablarte de las novedades que han surgido y no pudimos hablar en su momento.

El gran cambio que vas a encontrar este año es que a partir de las cuentas anuales de 2016, las empresas o negocios que puedan presentar la memoria y el balance abreviado no están obligadas a presentar el “Estado de Cambios en el Patrimonio neto”.

Las empresas que utilicen el modelo del Plan Contable de Pymes tampoco tendrán que presentarlo. A partir de ahora el documento pasará a considerarse voluntario.

Si se quiere se puede presentar, pero no están obligadas a presentarlo si no quieren. Se deja en manos de las empresas esa decisión.

Estado de Flujos de Efectivo

Como en el caso que hemos comentado anteriormente, las pymes ya no están obligadas a presentar el documento de “Estado de Flujos de Efectivo”.

Aplaudimos desde aquí estos cambios legislativos que estamos seguros harán más llevadera la vida de las pymes y pequeños negocios.

Sin duda todo lo que ayude a las empresas nos parece bien. Toda ayuda es buena para alimentar la recuperación económica de las empresas. Pero hay más novedades destacables, te las contamos a continuación.

PGC-Pymes

Una de las grandes novedades que nos parece muy destacable. Desde el año 2016, también se podrán aplicar el PGC-Pymes todas las empresas que durante por lo menos dos ejercicios consecutivos cumplan alguna de las siguientes circunstancias:

  • Que las partidas totales del activo no superen los 4 millones de euros.
  • Que el importe neto de sus cifra de negocios anual sea inferior a los 8 millones de euros.
  • Que el numero de trabajadores de la empresa no supere los 50 empleados.

Si tu empresa cumple con los requisitos podrás aplicar el PGC-Pymes sin problemas. Pero ten cuidado, en caso de no cumplir estos supuestos no podrás aplicarlo. Es importante que tengas en cuenta que cumplir con la ley es vital para evitar problemas para tu empresa.

Conclusiones finales

Como ves, los cambios son realmente interesantes y puedes aprovecharlos si tu empresa cumple con los requisitos.

Recuerda que si los cumples no deberás presentar el “Estado de Cambios en el Patrimonio Neto” y si formas parte de los supuestos antes mencionados podrás aplicar el PGC-Pymes.

Los cambios tienen carácter retroactivo y se pueden aplicar tanto este año como al 2016.

¿Te ha quedado un poco más claro? ¿Vas a poder aplicar las novedades a tu negocio?

Esperamos que tengas más claras las novedades en cuentas anuales y pymes.

Si tienes alguna duda es aconsejable que consultes con uno de nuestros expertos fiscalistas para que te asesore.