Hace unos días aparecía en la prensa una noticia relativa a que la audiencia provincial de Navarra había confirmado la pena de seis meses de prisión y 80.000 euros de multa a dos ex directivos del Osasuna por 191.718 euros no abonados de IRPF en 2013 por retenciones no ingresadas o indebidamente practicadas. Se trata de un ejemplo de delito fiscal. En el artículo de hoy te contamos en qué consiste un delito fiscal, con qué pena se castiga, quién puede cometerlo y qué tipos de delito fiscal existen.
¿Qué es un delito fiscal?
El delito fiscal es aquel que se comete cuando se defrauda a la Hacienda Pública ya sea estatal, autonómica, foral o local, y se elude el pago de tributos o se disfruta de beneficios obtenidos indebidamente. En cualquier caso, para que exista un delito fiscal, la cantidad defraudada debe ser superior a 120.000 euros.
El delito fiscal se regula en el artículo 305.1 del Código Penal que establece lo siguiente:
El que, por acción u omisión, defraude a la Hacienda Pública estatal, autonómica, foral o local, eludiendo el pago de tributos, cantidades retenidas o que se hubieran debido retener o ingresos a cuenta, obteniendo indebidamente devoluciones o disfrutando beneficios fiscales de la misma forma, siempre que la cuantía de la cuota defraudada, el importe no ingresado de las retenciones o ingresos a cuenta o de las devoluciones o beneficios fiscales indebidamente obtenidos o disfrutados exceda de ciento veinte mil euros será castigado con la pena de prisión de uno a cinco años y multa del tanto al séxtuplo de la citada cuantía, salvo que hubiere regularizado su situación tributaria en los términos del apartado 4 del presente artículo.
La mera presentación de declaraciones o autoliquidaciones no excluye la defraudación, cuando ésta se acredite por otros hechos.
Además de las penas señaladas, se impondrá al responsable la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante el período de tres a seis años.
Como consecuencia de lo anterior, lo que se castiga con el delito fiscal son las siguientes conductas:
- La ilusión en el pago de tributos.
- Las devoluciones indebidas.
- Los beneficios fiscales indebidos.
Además, debemos recordar que para que se considere que existe un delito fiscal la cantidad defraudada debe superar los 120.000 euros.
¿Qué pena tiene el delito fiscal?
Tal y como hemos visto en la definición del Código Penal del delito fiscal, en el caso del tipo básico, este delito se castiga de la siguiente forma:
- Pena de prisión de uno a cinco años.
- Multa de tanto al séxtuplo de la cuantía defraudada.
- Pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o del derecho a recibir beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante un plazo de tres a seis años.
Tipo agravado y tipo atenuado de delito fiscal
En determinados casos el delito fiscal puede ser castigado con una pena de prisión de dos a seis años y con una multa del doble del séxtuplo de la cuota defraudada, es decir, que se regula un tipo agravado. Para que exista el tipo agravado se deben dar las siguientes circunstancias:
- Que la cuantía defraudada exceda de 600.000 euros.
- Que el fraude se haya cometido en el seno de una organización criminal.
- Que se haya producido la utilización de personas físicas o jurídicas o entes sin personalidad jurídica interpuestos, negocios o instrumentos fiduciarios o paraísos fiscales o territorios de nula tributación oculte o dificulte la determinación de la identidad del obligado tributario o del responsable del delito, la determinación de la cuantía defraudada o del patrimonio del obligado tributario o del responsable del delito.
En estos casos también se impondrá la pérdida de subvenciones o ayudas, y el derecho a percibir beneficios fiscales o de la Seguridad Social.
En el delito fiscal también se contempla un tipo atenuado con una pena inferior en uno o dos grados en los siguientes supuestos:
- Cuando el obligado tributario o el autor del delito reconoce judicialmente los hechos, en el plazo de dos meses desde la citación judicial.
- Si los que participan en el delito, que no sean el obligado tributario o el autor del delito, colaboran para obtener pruebas, para el esclarecimiento de los hechos o para la averiguación del patrimonio del obligado tributario.
Exención de la responsabilidad penal en delitos fiscales
Existe un caso regulado en el artículo 305.4 del Código Penal en el que se produce una exención de la responsabilidad penal. Esta exención se da cuando la persona que ha cometido la infracción regulariza la situación tributaria antes de que:
- Hacienda le notifique el inicio de las actuaciones de comprobación o investigación.
- El Ministerio fiscal, el abogado del Estado o el representante procesal de la administración autonómica foral o local interponga querella o denuncia.
- El Ministerio fiscal o el juez de instrucción realicen actuaciones para el inicio de diligencias.
Diferencia entre delito fiscal e infracción fiscal
Otro aspecto importante en relación con el delito fiscal es su diferencia con respecto a la infracción fiscal. el primer parámetro para diferenciarlos es el límite de 120.000 euros establecido en la ley, de forma que si se supera ese límite estaríamos ante un delito fiscal.
La infracción y el delito fiscal se parecen en que en ambos casos existe una intención del sujeto infractor, aunque en el caso de la infracción se trata de un supuesto más leve. Por otro lado, tal y como hemos visto, el delito fiscal puede tener un supuesto agravado cuando, por ejemplo, se utiliza una organización criminal para la comisión del delito.
Como consecuencia de lo anterior, es importante siempre contar con el asesoramiento de expertos fiscalistas que estudien tu situación fiscal, apliquen los beneficios fiscales que correspondan legalmente y presenten los impuestos en tiempo y forma, para evitar inspecciones, sanciones o imposición de penas.
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