La Ley Beckham facilita que el talento de otros países se asiente en España. La norma se aprobó en el año 2003, y aunque con modificaciones, ofrece una amplia variedad de ventajas. Todos los trabajadores extranjeros pueden ampararse en ella, pero es preciso conocer cómo hacerlo. A continuación, damos los detalles más importantes a considerar.

¿Qué ventajas ofrece la ley?

El régimen fiscal especial para expatriados (SETR), nombre real de la ley, permite a los trabajadores provenientes del extranjero tributar como no residentes. De esta forma, se crean unas condiciones atractivas para captar talento y perfiles altamente cualificados desde el extranjero. Estas personas tributarían el 24 % de sus rentas en concepto del IRPF, por lo que no están sujetas a la norma convencional.

La ventaja más importante de la ley es la fiscal. El tipo que se debe abonar es fijo, salvo que se superen los 600 000 euros anuales, que en este caso se tributaría un 45 %. La persona afectada por la ley disfrutará de esta situación durante un periodo de cinco años.

Junto a esto, la tributación solo se aplica sobre las ganancias obtenidas en España, lo que deja libres las que se obtengan en otras partes del mundo. Así, podemos diversificar nuestros ingresos con facilidad, aunque siempre habrá que respetar la legislación fiscal de cada país.

La regulación también afecta al impuesto sobre el patrimonio. Este se aplica solo sobre las posesiones que se tengan en España. Una vez más, se potencia la diversificación de la persona afectada, quien puede optar por buscar las fiscalidades más beneficiosas de cada país.

¿Cómo ampararse bajo esta ley?

La ley ampara a trabajadores extranjeros que han llegado recientemente al país (exceptuando la relación laboral especial de los deportistas profesionales) y a los desplazados al país como consecuencia de la adquisición de la condición de administrador de una entidad en cuyo capital no participe o, en caso contrario, cuando la participación en la misma no determine la consideración de entidad vinculada en los términos previs­tos en el artículo 18 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Además, hay que cumplir diversos requisitos, como el de no haber residido en España durante los últimos 10 años y tener un contrato formalizado con una compañía española para verificar que nos trasladamos por motivos laborales.

Para beneficiarse de esta ley, debemos presentar una solicitud tras inscribirnos en la Seguridad Social y tendremos seis meses para realizar el trámite. Habrá que rellenar el modelo 149 para informar a la Agencia Tributaria. Se incluirá el DNI, número de la Seguridad Social y el contrato de trabajo.

Una vez realizados los trámites, el afectado disfrutará de los beneficios de la ley durante los siguientes cinco años fiscales. Al final de cada uno de ellos tendremos que presentar la declaración de impuestos de no residentes, trámite que se lleva a cabo a través del modelo 151. Como es natural, si se produjeran fallos o los documentos no fueran los adecuados, la administración podría denegar la solicitud.

En definitiva, la Ley Beckham es una apuesta por atraer el talento extranjero a través de beneficios fiscales. De esta forma, numerosos profesionales con perfiles laborales altos pueden encontrar España como un destino atractivo. Una normativa que facilita arrancar una nueva vida en el país.

Si tienes alguna consulta, contacta con unos de nuestros asesores fiscales.