El plazo de presentación de la Declaración de la Renta está a punto de comenzar (6 de abril) y muchos contribuyentes todavía desconocen que no incluir las ganancias derivadas de criptomonedas puede suponer la imposición de una multa elevada. En este artículo te contamos cómo declarar las criptomonedas en el IRPF, qué ocurre si no las declaras, si es necesario incluirlas en el Modelo 720 de este año o en el Impuesto sobre el Patrimonio.

El III Estudio sobre conocimiento, hábitos y uso de Fintech en España de noviembre de 2021, elaborado por Asufin revela datos importantes en relación con el uso e inversión en criptomonedas por parte de los españoles:

  • El 56% de las personas que operan con Fintech invierte en criptomonedas, un 30,1% más que en 2020.
  • Un 26,2% declara haber invertido más de 6.000 euros en criptomonedas.
  • Solo un 30,2% señala que sabe que tendrá que pagar impuestos por sus ganancias, mientras que un 28,4% lo desconoce y un 41,4% indica que no tiene que pagar impuestos.

Estos datos demuestran que existe un desconocimiento sobre las implicaciones fiscales que genera la inversión en criptomonedas, tanto en la declaración del IRPF, como en el Impuesto sobre el Patrimonio o en el Modelo 720 (declaración sobre bienes y derechos situados en el extranjero).

¿Cómo se incluyen las criptodivisas en la Declaración de la Renta?

Las criptomonedas se pueden reflejar de varias formas en la Declaración de la Renta en función del uso que se hace de las mismas. Por lo tanto, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), debemos distinguir entre:

  • Ganancia o pérdida debida a la transmisión. En este apartado incluimos los casos en que se realizan compraventas o intercambios de criptomonedas a través de plataformas digitales.
  • Rendimiento de capital. En este apartado incluimos los casos en los que depositamos criptomonedas en las plataformas y generan un interés.
  • Ganancias y pérdidas sin transmisión. Este caso se da en el supuesto de los referidos, por ejemplo, cuando una persona recomienda a otra que utilice un determinado software y recibe una comisión en criptomonedas.
  • Actividad económica. Este supuesto se refiere a aquellos casos en los que se realiza un minado de criptomonedas o compraventa de criptomonedas para terceras personas.

Tributación de las ganancias y pérdidas y los rendimientos de capital en el IRPF

Tanto las ganancias como las pérdidas por transmisión y los rendimientos de capital tributan en la parte especial de la Declaración de la Renta con los siguientes tipos:

  • 19% desde 0 a 6.000 euros.
  • 21% desde 6.001 euros hasta 44.000 euros.
  • 23% desde 44.001 hasta 200.000 euros.
  • 26% para cantidades superiores a 200.000 euros (este tramo es una novedad para la renta de este año).

Por su parte, las ganancias y pérdidas sin transmisión y la actividad económica tributan en la parte general del IRPF y se les aplicarán tipos que van del 18% al 47%.

Casilla de la Declaración de la Renta para criptomonedas

Una de las principales novedades del modelo de Declaración de la Renta de este año es que aparece un nuevo apartado para incluir los saldos de monedas virtuales que, hasta ahora, se incluían en un apartado genérico de demás bienes y derechos de contenido económico. Esta novedad se debe a que cada vez son más las personas que invierten en criptomonedas, por lo que la Agencia Tributaria ha decidido modificar el modelo de declaración para que el contribuyente pueda incluir las criptomonedas fácilmente.

¿Qué ocurre si no declaras las criptomonedas en el IRPF?

En el caso en que no incluyas las criptomonedas en la Declaración de la Renta, la Agencia Tributaria podrá imponerte una multa por un importe del 26% sobre la cantidad que se haya dejado de pagar, en función de la tabla de tributación. Por otro lado, si declaras las criptomonedas fuera de plazo te podrán imponer un recargo de entre el 5% y el 20% en función del tiempo que tardes en presentar la declaración complementaria.

¿Se deben incluir las criptomonedas en el Modelo 720 del 2021?

En relación con el Modelo 720 relativo al año 2021 la Agencia Tributaria ha informado mediante orden publicada en el BOE el 18 de marzo que no se deberán incluir las criptomonedas en dicho modelo puesto que falta el correspondiente desarrollo mediante reglamento, aunque la Ley Antifraude establezca la obligación de hacerlo. Xavier Vilalta, director del departamento fiscal de ETL ILIA, ya advirtió sobre este aspecto hace unos días.

Sin embargo, es posible que durante los próximos meses se inicie la tramitación de un reglamento para incluir las criptomonedas en la declaración informativa de bienes y derechos en el extranjero (Modelo 720). Pero, como decíamos anteriormente, esto no afectará a la presentación del Modelo 720 de este año. En este sentido los expertos hablan de un nuevo modelo, el Modelo 721.

¿Qué ocurre con el Impuesto sobre el Patrimonio y las criptomonedas?

Las criptomonedas se deberán incluir en el Impuesto sobre el Patrimonio siempre y cuando se cumplan los requisitos para tener que declararlo. La novedad respecto a la declaración del impuesto de patrimonio es que se han aprobado nuevos modelos por la Agencia Tributaria en función de los cuales se incluye una casilla específica para la declaración de las criptomonedas. Hasta este momento no existía, al igual que en el caso de la Declaración de la Renta, un apartado específico para las criptomonedas, sino que se incluían en el apartado de otros bienes y derechos.

En cualquier caso, es importante prepararse para la Declaración de la Renta si tienes criptomonedas y recabar toda la información para poder elaborarla correctamente y evitar errores, inspecciones de la Agencia Tributaria o sanciones. Para ello, es recomendable contar con la ayuda de asesores fiscales expertos en la tributación de criptomonedas y en el Modelo 720 que estudien tu caso, elaboren las declaraciones y las presenten en tiempo y forma.

Si necesitas la ayuda de un fiscalista experto en criptomonedas, contacta con nuestro equipo.