Si te has propuesto internacionalizar tu empresa y empezar tu actividad en España, tienes dos opciones: crear una filial o crear una sucursal. En este artículo nos vamos a centrar en la primera opción para que conozcas los impuestos de una filial y qué relación tiene con las sociedades matrices.

¿Qué es una filial?

En el caso de la filial se trata de una empresa constituida en España, con personalidad jurídica propia, y que está controlada de forma directa o indirecta por la sociedad matriz que se encuentra en el extranjero.

La diferencia fundamental entre la filial y la sucursal es que la segunda no tiene personalidad jurídica independiente de la matriz (al contrario de lo que sucede con la filial) y depende de ella en todos los niveles, siendo una extensión de la sociedad extranjera en España.

¿Qué trámites hay que hacer para crear una filial?

Los trámites para crear una filial son muy parecidos a los que hay que realizar para crear una sociedad en España, existiendo no obstante ciertas particularidades derivadas del hecho que el/la socio/a es una persona no residente.

Los pasos son los siguientes:

  • Obtención de certificado del Registro Mercantil, o equivalente, del país extranjero en que se encuentra la sociedad matriz de existencia de la sociedad con los datos identificativos de la misma y de su órgano de administración, o bien, Escritura de constitución y Estatutos sociales de la sociedad matriz. Los documentos deben estar traducidos al español y deben ser legalizados o llevar la apostilla de la Haya.
  • Poder en favor de la persona que representará a la sociedad matriz en el otorgamiento de escritura pública de constitución de la sociedad filial. El documento debe estar traducido al español y debe ser legalizado o llevar la apostilla de la Haya.
  • Obtención de un NIF español para la sociedad matriz no residente que será socia de la filial, y NIE para el representante, en su caso.
  • Solicitud del certificado negativo de denominación en el Registro Mercantil Central.
  • Ingreso del capital social en un banco.
  • Otorgamiento de la escritura pública de constitución ante Notario.
  • Solicitud del NIF provisional.
  • Pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
  • Inscripción de la filial en el Registro Mercantil.
  • Declaración de la constitución de la filial en el Registro de Inversiones Extranjeras que depende del Ministerio de Economía.
  • Solicitud del NIF definitivo.

La fiscalidad sobre las filiales

En el caso de las filiales, al ser independientes de su matriz aunque ésta las controle, se someten a la normativa fiscal del estado de residencia (en este caso España), por lo que tendrán que tributar, entre otros, por:

  • Impuesto sobre sociedades.
  • Impuesto sobre el valor añadido.
  • Impuesto sobre la renta.

Además de lo anterior, deberán presentar sus libros contables y cuentas anuales en el Registro Mercantil, como cualquier otra sociedad en España.

Exención en los repartos de beneficios de las filiales

En el caso en que se repartan beneficios de la filial a la empresa matriz no residente, los mismos podrán estar exentos de tributación en España, con independencia de la tributación que les corresponda a dichos socios en su estado de residencia. En cualquiera caso deberá cotejarse si se cumplen los requisitos para aplicar dicha exención.

Fuera del ámbito comunitario habrá que cotejar si existen convenios de doble imposición firmados por España para evitar la doble imposición de dichos dividendos.

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