Hoy 27 de enero de 2022, finalmente ha llegado la Sentencia por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en relación al controvertido Modelo 720 de declaración de bienes en el extranjero en la que el Tribunal declara que España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del principio de libre circulación de capitales.

Si bien el texto de la misma no cuestiona la existencia del citado modelo, en aras a garantizar la eficacia de los controles fiscales y luchar contra el fraude y las evasiones fiscales, sí que elimina los aspectos más controvertidos del mismo:

  • La imprescriptibilidad. De acuerdo con la sentencia, la actual configuración del modelo conseguía, a la práctica, la imprescriptibilidad y, por tanto, la posibilidad de la Administración de regularizar sine die la situación del contribuyente, rompiendo la regla de prescripción tributaria configurada en nuestro ordenamiento jurídico.
  • Regularización de hasta el 150%. Recordemos que la falta de presentación, o de cumplimentación exacta del modelo, podía llevar al contribuyente a tributar como obtención de renta el valor de esos activos como una ganancia patrimonial no justificada junto a una multa proporcional del 150% de dicho impuesto no declarado.
  • Multas fijas por dato o conjunto de datos no declarado o incorrecto. A la sanción del 150% se le añadían multas de cuantía fija que podían llegar a los 5.000 euros por dato o conjunto de datos. A juicio del Tribunal dichas sanciones no guardan proporción alguna con otras sanciones previstas para infracciones similares en nuestro ordenamiento tributario.

En definitiva, se trata de un serio correctivo del Tribunal a la actual configuración del Modelo 720. No obstante, dada la valiosa fuente información que el mismo supone para la Administración y el hecho de que el Tribunal no haya cuestionado su existencia en sí, es sumamente probable que siga existiendo la obligación por parte de los contribuyentes de presentar dicha declaración.

Quedamos expectantes de la adaptación y modificaciones que la Administración realice sobre esta declaración.

Si tienes dudas sobre el Modelo 720, consulta con nuestros asesores fiscales.