Cuentas o inversiones en el extranjero

Hacienda controla estrictamente todas las inversiones que se realizan para evitar la evasión en el pago de impuestos. En algunos casos, se deben presentar declaraciones informativas, que no suponen el pago de impuestos, pero que si no se presentan pueden suponer la imposición de una sanción. En el caso de cuentas o inversiones en el extranjero, existen dos declaraciones que deberás presentar: el Modelo 720 y el Modelo D6. En este post, nos vamos a centrar en el segundo.

¿Qué es el Modelo D6?

El Modelo D6 es una declaración anual obligatoria de titulares de inversión española en el exterior en valores negociables. La declaración depende del Ministerio de Economía y se refiere a aquellas personas que poseen acciones en bancos o brokers fuera de España.

Además de los depósitos, se deberán declarar las operaciones (flujos). Hay que presentar una declaración de flujos por cada inversión o liquidación que se haga en sociedades no residentes en las que el inversor tenga una participación mínima del 10% del capital o forme parte del órgano de administración, o cuando la inversión sea superior a 1.502.530,26 €.

No se deben presentar en un mismo documento informaciones sobre depósitos y sobre flujos.

¿Quién debe presentar el Modelo D6?

El Modelo D6 lo debe presentar cualquiera que tenga valores negociables (con independencia de la cantidad) como acciones o fondos de inversión, custodiados por una entidad extranjera a 31 de diciembre de cada año.

¿Cuándo se presenta el Modelo D6?

En el caso de los depósitos, el plazo de presentación es el 31 de enero de cada año y se referirá a los depósitos en el exterior hasta el 31 de diciembre del año anterior.

En el supuesto de la declaración de flujos, se deberá presentar en el plazo de un mes desde que se realice la operación.

¿Cómo se presenta el Modelo D6?

El Modelo D6 se presenta telemáticamente y se debe utilizar el programa de ayuda denominado AFORIX que se pueden encontrar en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Comercio. En este enlace se puedes descargar el programa, en el apartado Descarga de programas de ayuda.

Si el titular de la inversión es una persona física podrá utilizar los Modelos del programa AFORIX y los preimpresos que pueden encontrar en el Registro General de Ministerio de Comercio y Competitividad.

Junto al Modelo, los contribuyentes deberán presentar:

  • Fotocopia del DNI o tarjeta de residencia, junto con la primera inversión que declare.
  • Fotocopia de los extractos de la cuenta de valores en el exterior, en todas las declaraciones.

¿Cómo se rellena el Modelo D6?

Las instrucciones para rellenar el Modelo D6 son las siguientes:

  • En el encabezamiento, hay que marcar con un aspa el tipo de declaración: de depósitos (en este caso habrá que matizar el año de referencia) o de operaciones o flujos.
  • En el caso de que se trate de una declaración que rectifique otra anterior, se deberá rellenar también en su totalidad el modelo indicando el número de declaración a la que se sustituye.
  • A continuación, se debe rellenar los datos del inversor: nombre y apellido o denominación social en el caso de una sociedad, NIF o NIE, calle, número, código postal, municipio y provincia.
  • El siguiente paso es rellenar los datos de los valores depositados en el extranjero o de las operaciones que se hayan realizado. En el caso en que haya más de tres operaciones o de depósitos, se deberán añadir las hojas necesarias. Las indicaciones para este apartado son las siguientes:
    • En las declaraciones de flujos se debe indicar si se trata de una compra o una venta.
    • Se deberá incluir la fecha de la operación en el caso de los flujos.
    • Si el porcentaje de participación del inversor en la empresa extranjera es igual o superior al 10%, se deberá indicar que es superior y el porcentaje concreto que posee.
  • Además, se deberá incluir el código ISIN, que es un número internacional por el que se identifican los valores mobiliarios.
  • A continuación, se indica el nombre del valor.
  • Por otro lado, se debe añadir el país dónde se realiza la operación, en el caso de los flujos, o dónde se mantienen los depósitos o cuenta de valores.
  • También se deberá incluir la moneda con la que se denomine el valor.
  • Se rellena el número de títulos o participaciones y el valor nominal del depósito.
  • Finalmente, se consignará el importe de la operación de compra o venta o el importe que haya en el depósito a 31 de diciembre.
  • En el apartado de Diligencias se incluirán los apellidos y nombre o la denominación social, domicilio, DNI del inversor o de su representante, el lugar, la fecha y la firma. Además, se añadirán los datos de contacto (dirección, teléfono y correo electrónico) de la persona que deba recibir las notificaciones.

¿Me pueden imponer una multa por no presentar el Modelo D-6?

Puede suceder que, debido a un error involuntario o al desconocimiento, no presentes el Modelo D-6 o lo hagas fuera de plazo. En estos casos, te podrían imponer una sanción que dependerá de si realizas la declaración de forma voluntaria o te requiere la Agencia Tributaria.

  • Si no se presenta el Modelo D-6, se considera una infracción administrativa leve, que se sanciona con el 25% del importe no declarado, con un mínimo de 3.000 €.
  • Si se presenta el Modelo D-6 fuera de plazo, la sanción puede ser de entre 150 y 300 €, si se presenta dentro de los primeros seis meses y de entre 300 y 600 si se hace después.

En el caso en que se oculten datos, la infracción podría considerarse grave o muy grave y podría aumentar el importe de la sanción.

Es importante, por lo tanto, contar con la ayuda de asesores fiscales expertos que te orienten sobre las obligaciones tributarias a cumplir cuando tienes bienes y derechos en el extranjero, para evitar sanciones que puedan afectar a tu liquidez o a la de tu empresa.

Es importante, por lo tanto, contar con la ayuda de asesores fiscales expertos que te orienten sobre las obligaciones tributarias a cumplir cuando tienes bienes y derechos en el extranjero, para evitar sanciones que puedan afectar a tu liquidez o a la de tu empresa.