El mes de marzo es el último mes que otorga la Agencia Tributaria para poder presentar en plazo el modelo 720 y evitar las tan temidas sanciones fiscales.
Mucho se ha hablado en los últimos años de la proporcionalidad del régimen sancionador y la inaplicación de las reglas normales de prescripción que pueden derivar en la calificación de ganancia patrimonial los bienes en el exterior en el caso de no presentar o presentar fuera de plazo la citada declaración informativa.
Multas excesivas del Modelo 720
El no presentar o presentar fuera de plazo el modelo 720 acarrea un desproporcionado régimen sancionador, específico de éste modelo y no comparable, por su elevada cuantía, con otro tipo de sanciones tributarias vigentes.
Todo ello motivó que un despacho de abogados de Mallorca denunciara en febrero de 2013 ante la Comisión Europea éste régimen sancionador, dado el desamparo en qué se encontraban los poseedores de bienes en el exterior.
La denuncia presentada provocó el inicio de un procedimiento de infracción contra España en noviembre de 2015, y en febrero de 2017 la Comunidad Europea exigió la modificación de la normativa española mediante un Dictamen Motivado que se mantuvo en secreto hasta diciembre de 2018.
Debido a que España no ha modificado la normativa, el pasado 6 de junio de 2019, la Comisión Europea tomó la decisión de interponer recurso contra el Modelo 720 ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Está previsto que la Resolución del Tribunal se produzca hacia mitad de éste año 2021, aproximadamente.
Por tanto, y por desgracia, el régimen sancionador sigue vigente y la presentación o presentación fuera de plazo del modelo 720 sigue acarreando la posible imposición de multas muy elevadas.
Si te interesa saber más sobre las multas que se están aplicando, puedes leer nuestro post sobre el modelo 720.
Prescripción del Modelo 720
Sin duda, es otro los puntos que más controversia ha creado.
La no presentación o la presentación fuera de plazo del modelo 720 puede conllevar la calificación de los bienes en el exterior como ganancias patrimoniales no justificadas que no prescriben.
La Comisión Europea entiende que la no prescripción incumple la legislación comunitaria y, por ello, éste aspecto también está incluido en el recurso presentado ante el TJUE y, por tanto, el Tribunal también deberá pronunciarse al respecto.
Otros Modelos fiscales de marzo
Recuerda que en marzo se deben presentar algunos modelos fiscales para poder cumplir con la legalidad vigente. Entre los más conocidos están:
- Modelo 349: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias mes de febrero
- Modelo 303: Autoliquidación mes de febrero
- Modelo 322: Grupo de entidades. Modelo individual.
- Modelo 111,115,123,124,126,128,130: Grandes empresas
- Modelo 347: Declaración anual de operaciones con terceros (último día: 1 de marzo)
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